El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México, en su Primera Sesión Ordinaria del día 19 de enero de 2022, ha tenido a bien emitir el presente acuerdo mediante el cual se aprueba enviar comunicación a los Presidentes de los 108 municipios del estado de México que cuentan con Comités de Participación Ciudadana con la finalidad de exhortarlos a garantizar la continuidad de los trabajos de los sistemas municipales anticorrupción en un marco de respeto, prudencia y continuidad, al tenor de las siguientes:
CONSIDERACIONES
Primera. La Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios establece en sus artículos 3 fracción XIV, 61, 62, 63, 68, 72 al 78 establece la figura de los Sistemas Municipales Anticorrupción y de su componente, el Comité de Participación Ciudadana, integrado por tres personas, designadas como consecuencia de un proceso ciudadanizado en el que participan las comisiones de selección designadas por los Ayuntamientos. Los integrantes del CPC tendrán una rotación anual y una duración de tres años en su cargo, uno de sus integrantes será quien presida al Comité y, en esa misma condición, presidirá el Comité Coordinador Municipal. La relación entre los integrantes del CPC y el Municipio será a través de la modalidad de prestación de servicios, a través de contratos anuales en los que se establecerá la contraprestación por sus servicios.
Segunda. Desde la expedición de la ley en comento, el 30 de mayo de 2017 y hasta la fecha, en nuestra entidad no se ha logrado instalar los Comités de Participación Ciudadana y, en consecuencia, los Sistemas Municipales Anticorrupción en los 125 municipios del estado. No obstante lo anterior, al cierre de 2021 se logró el mejor resultado con la instalación de 108 Comités de Participación Ciudadana Municipal.
Tercera. La renovación de los gobiernos municipales representa un serio riesgo para el funcionamiento de los Comités de Participación Ciudadana Municipal ya que, en no pocas ocasiones, las nuevas autoridades no se encuentran familiarizadas con los procedimientos y desconocen los procedimientos de renovación, el criterio de continuidad y la necesidad de que el componente ciudadano del sistema tenga cierta autonomía de la propia conformación gubernamental del municipio, lo que provoca que se generan intentos por desconocer a los integrantes en funciones, negativa a renovar los contratos o acciones adicionales de acoso a sus integrantes.
Cuarta. Tampoco puede negarse que, en ciertos casos, las administraciones salientes pueden incrementar estos problemas y tensiones naturales como consecuencia del incumplimiento en el pago de las contraprestaciones pasadas o por la concertación de pagos desmesurados y la asignación de otro tipo de beneficios no contemplados en la ley.
Quinta. Con la finalidad de propiciar la implementación de medidas que permitan homogenizar la condición de los Comités de Participación Ciudadana, este órgano colegiado aprobó una propuesta de iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Orgánica Municipal del Estado, que se ha remitido a los coordinadores de los Grupos Parlamentarios en la Legislatura con la finalidad de que determinen lo que corresponda. La propuesta pretende equiparar a los Presidentes de los Comités Coordinadores con el resto de los integrantes de dicho órgano, esto es, con el titular del órgano interno de control y con el titular de la unidad de transparencia y asignar, al resto de los integrantes del CPC un ingreso equivalente al de un nivel administrativo anterior. Esta es una propuesta de carácter orientadora que se socializa para que se adopten las medidas más adecuadas.
Una vez referido lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 21 fracción XVII de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios se tiene a bien emitir el presente acuerdo mediante el cual se aprueba enviar comunicación a los Presidentes de los 108 municipios del estado de México que cuentan con Comités de Participación Ciudadana con la finalidad de exhortarlos a garantizar la continuidad de los trabajos de los sistemas municipales anticorrupción en un marco de respeto, prudencia y continuidad, en los términos siguientes:
Primero. Se aprueba enviar una comunicación a los 108 Presidentes de los Municipios que cuentan con Comité de Participación Ciudadana con la finalidad de hacer de su conocimiento la naturaleza y condiciones de los Sistemas Municipales Anticorrupción y de sus CPC, exhortándolos a preservar el funcionamiento de los Comités existentes, la debida renovación de los contratos de prestación de servicios, en los términos que, para tal efecto aprueben los Comités Coordinadores Municipales, en un marco de respeto, prudencia y continuidad, informándoles de las acciones que se han emprendido en el pasado para asegurar su instalación.
Segundo. Se instruye al presidente para notificar mediante correo electrónico las comunicaciones a las que refiere el presente acuerdo.
TRANSITORIOS
Primero. Publíquese el presente acuerdo en el sitio electrónico oficial del Comité de Participación Ciudadana.
Segundo. El presente acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación.
Acordado el presente el día diecinueve del mes de enero de dos mil veintidós, en la ciudad de Toluca de Lerdo, México.
José Guadalupe Luna Hernández Presidente
(Rúbrica)
Luis Manuel de la Mora Ramírez Integrante
(Rúbrica)
María Guadalupe Olivo Torres Integrante
(Rúbrica)
Claudia Margarita Hernández Flores Integrante
(Rúbrica)
Zulema Martínez Sánchez
Integrante (Rúbrica)
La presente hoja corresponde al Acuerdo Número 04 de 2022 del día diecinueve de enero de dos mil veintidós, mediante el cual se aprueba enviar comunicación a los 108 presidentes de los municipios que cuentan con Comités de Participación Ciudadana.
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