
El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México, en su Segunda Sesión Ordinaria del día 19 de enero de 2022, ha tenido a bien emitir el acuerdo mediante el cual se aprueba la Convocatoria Permanente para ingresar a la Red Ciudadana Anticorrupción del Estado de México, al tenor de las siguientes:
CONSIDERACIONES
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de México y Municipios, el Comité de Participación Ciudadana tiene como objetivo coadyuvar, en términos de la referida Ley, al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador, así como ser la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del Sistema Estatal Anticorrupción.
Que en términos del artículo 21 fracciones VIII, IX, XI y XVI de la Ley indicada en el párrafo que antecede, el Comité de Participación Ciudadana tiene entre sus atribuciones, las siguientes:
Que el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México, en su Centésima Septuagésima Séptima Sesión Ordinaria del día 29 de septiembre de 2021, emitió el acuerdo mediante el cual se aprobó iniciar los trabajos para la conformación de la Red Ciudadana Anticorrupción del Estado de México.
Que el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México, en su Centésima Octogésima Primera Sesión Ordinaria del día 27 de octubre de 2021, emitió el acuerdo mediante el cual se aprobó dar aviso del inicio del proceso de registro de integrantes de la Red de Sociedad Civil, para la conformación de la Red Ciudadana Anticorrupción del Estado de México, mediante la publicación de la Convocatoria en la siguiente dirección electrónica: https://cpcedomex.org.mx/.
Que el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México, en su Primera Sesión Ordinaria 2022 de fecha 12 de enero del año en curso, emitió el Acuerdo mediante el cual se aprobó la aceptación de los candidatos en el registro de organizaciones de la sociedad civil, academia, profesionistas, grupos empresariales y medios de comunicación para consolidar la Red Ciudadana Anticorrupción del Estado de México.
Que con el propósito de lograr la mayor participación ciudadana posible en la consolidación de la Red Ciudadana objeto del presente, el Comité de Participación Ciudadana ha considerado que la Convocatoria para el registro a la Red en mención, se encuentre abierta de manera permanente.
Así, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 6, 15 y 21 fracciones VIII, IX, XI y XVI de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios (LSAEEyM), este Comité tiene a bien emitir el presente acuerdo, de conformidad con lo siguiente:
PRIMERO. Se aprueba que la Convocatoria para el registro de integrantes de la Sociedad Civil a ingresar a la Red Ciudadana Anticorrupción del Estado de México, se encuentre abierta de manera permanente.
TRANSITORIOS
Primero. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.
Acordado que fue el presente el diecinueve de enero de dos mil veintidós, en el Estado de México.
José Guadalupe Luna Hernández
Presidente (Rúbrica)
Luis Manuel de la Mora Ramírez
Integrante (Rúbrica)
María Guadalupe Olivo Torres
Integrante (Rúbrica)
Claudia Margarita Hernández Flores
Integrante (Rúbrica)
Zulema Martínez Sánchez
Integrante (Rúbrica)
La presente hoja corresponde al Acuerdo Número 03 de 2022 del día diecinueve de enero de dos mil veintidós, mediante el cual se aprueba la convocatoria permanente para el registro a la Red Ciudadana.
Con fundamento en los artículos 35, 36 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 15 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, en relación con los principios contenidos en el Código de Ética de este Órgano colegiado, desde el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, hacemos un atento y respetuoso llamado a la ciudadanía mexiquense a participar en la jornada electoral que se llevará a cabo el próximo 4 de junio; así como, en estricto respeto a lo establecido por las disposiciones legales con motivo de las campañas electorales (del 3 de abril al 4 de junio de 2023).
Ello, en el entendido de que, al interior de las oficinas, edificios y locales ocupados por los poderes públicos o los edificios escolares, no podrá fijarse ni distribuirse propaganda electoral de ningún tipo, utilizar recursos administrativos, humanos o materiales con fines diferentes a los que están destinados legalmente.
Desde el inicio de las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales, así como los legisladores locales, deberán suspender la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.
Adicionalmente, durante los treinta y ocho días anteriores al de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales así como los legisladores locales se abstendrán de establecer y operar programas de apoyo social o comunitario que impliquen la entrega a la población de materiales, alimentos o cualquier elemento que forme parte de sus programas asistenciales o de promoción y desarrollo social, salvo en los casos de extrema urgencia debido a enfermedades, desastres naturales, siniestros u otros eventos de igual naturaleza. La Legislatura determinará los programas sociales que por su naturaleza, objeto o fin por ningún motivo deberán suspenderse durante el periodo que señala el párrafo anterior y promoverá las medidas necesarias para su cumplimiento en los tres ámbitos de gobierno que generen condiciones de equidad en el proceso electoral.
Asimismo, es de resaltar que el Órgano Superior de Fiscalización, la Secretaría de la Contraloría, las Contralorías de los Poderes Legislativo y Judicial, las de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y las de los Ayuntamientos, sancionarán el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 261 del Código Electoral del Estado de México, conforme a sus respectivas competencias . Asimismo, los hechos de corrupción y delitos electorales, serán investigados por las Fiscalías Especializadas en Combate a la Corrupción y en Delitos Electorales, respectivamente.
La infracción a las disposiciones previstas en el artículo referido en el párrafo inmediato anterior, será sancionada conforme a la normatividad aplicable, con la obligación de todo aquel que conozca de ilícitos, de denunciar los delitos que se cometan en materia electoral.