El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, en su Primera Sesión Ordinaria del día 10 de enero de 2024, ha tenido a bien emitir el presente acuerdo mediante el cual se autoriza la firma de un Memorándum de Entendimiento entre el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y el Colegio de Mujeres Abogadas, Estado de México A.C., al tenor de las siguientes:
C O N S I D E R A C I O N E S
Primera. El Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios se integra por diferentes instancias entre las cuales se encuentra el Comité de Participación Ciudadana que, además de coadyuvar al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador, es la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del propio sistema. Forman parte del Comité de Participación Ciudadana cinco ciudadanos de probidad y prestigio destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción, de entre los cuales uno de ellos lo preside por un año según sus periodos de antigüedad.
Segunda. De conformidad con lo que dispone el artículo 15 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, se determina que el Comité de Participación Ciudadana tiene como objetivo coadyuvar, en términos de la presente Ley al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador, así como ser la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del Sistema Estatal Anticorrupción.
Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, fracción IX y XI de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, se establece que el Comité de Participación Ciudadana podrá proponer la articulación entre organizaciones de la sociedad civil, la academia y grupos ciudadanos; así como llevar un registro voluntario de las organizaciones de la sociedad civil que deseen colaborar de manera coordinada con el Comité de Participación Ciudadana, para establecer una red de participación ciudadana, conforme a sus normas de carácter interno.
Cuarto. El objeto social del Colegio de Mujeres Abogadas, Estado de México A.C. consiste en celebrar convenios, contratos, así como todo tipo de instrumentos legales con los tres niveles de gobierno, universidades, instituciones de carácter educativo, instituciones públicas y privadas, comunidades o grupos, organizaciones no gubernamentales, fundaciones, sociedades y asociaciones civiles, y toda clase de organismos diversos, respecto de proyectos productivos exitosos, estudios, programas y análisis tendientes al beneficio y asistencia de la asociación.
Quinto. Que el Colegio de Mujeres Abogadas, Estado de México A.C. ha considerado el mejoramiento social y cultural de la sociedad mexiquense, en defensa de la legalidad e integridad; y con el interés de ser un aliado en la promoción de derechos humanos, como lo es el acceso a una vida libre de corrupción, se integró la SECRETARIA JURÍDICA.
Sexto. El objetivo general de la firma de un Memorándum de Entendimiento es contribuir a la disminución de la corrupción, a través de la participación ciudadana por medio de sectores que integran la sociedad civil del Estado de México vinculándose con el Sistema Estatal Anticorrupción a través del Comité de Participación Ciudadana.
Séptimo. Que la coincidencia en los objetivos y acciones que tienen el Comité de Participación Ciudadana y el Colegio de Mujeres Abogadas, Estado de México permiten coadyuvar en el cumplimiento de objetivos del Sistema Estatal Anticorrupción a través de la VINCULACIÓN SOCIAL, con organizaciones sociales, instituciones educativas, de investigación, medios de comunicación y profesionistas, en el COMBATE A LA CORRUPCIÓN.
ACUERDO NÚMERO 04/2023
ÚNICO. Se aprueba la firma del Memorándum de Entendimiento que celebran el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y el Colegio de Mujeres Abogadas, Estado de México A.C., en los términos mencionados en el mismo.
T R A N S I T O R I O S
Primero. Publíquese el presente Acuerdo en el sitio electrónico oficial del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios.
Segundo. El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación.
Herramientas de accesibilidad