El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, en su Primera Sesión Ordinaria del día 10 de enero de 2024, ha tenido a bien emitir el presente acuerdo mediante el cual se autoriza la división de los Municipios del Estado de México, entre los Integrantes del Comité de Participación Ciudadana para el año 2024, al tenor de las siguientes:
C O N S I D E R A C I O N E S
Primera. El Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios se integra por diferentes instancias entre las cuales se encuentra el Comité de Participación Ciudadana que, además de coadyuvar al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador, es la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del propio sistema. Forman parte del Comité de Participación Ciudadana cinco ciudadanos de probidad y prestigio destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción, de entre los cuales uno de ellos lo preside por un año según sus periodos de antigüedad.
Segunda. De conformidad con lo que dispone el artículo 2, fracción II y IX de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, se determina que la presente Ley tiene como objetivo establecer las bases para la prevención de hechos de corrupción y faltas administrativas en el Estado y sus Municipios, así como establecer las acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos de la Entidad y Municipios.
Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, fracción VII, inciso c, de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, propone proyectos de mejora a los instrumentos, lineamientos y mecanismos para el suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que generen las autoridades estatales y municipales competentes en las materias reguladas por la presente ley.
Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVII, de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, que se tiene por obligación dar seguimiento al funcionamiento del Sistema Estatal Anticorrupción.
Quinto. Que con la finalidad de eficientar los trabajos propios del Comité de Participación Ciudadana, así como para agilizar la comunicación con los Municipios del Estado de México, se propone la división de los mismos de acuerdo a los Distritos Judiciales.
Sexta. Que conforme a lo establecido en el tercer párrafo del artículo 16 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, los integrantes del Comité de Participación Ciudadana durarán en su encargo cinco años sin posibilidad de reelección y serán removidos de manera escalonada, por lo que al concluir el nombramiento uno de los integrantes, la vacante será cubierta por el nuevo nombramiento de la Comisión Estatal de Selección del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, por lo que una vez concluido el periodo para el que han sido nombrados es necesario asignar la distribución de los distritos judiciales para cada año.
Séptima. Derivado de lo anterior se propone la división de los Municipios del Estado de México, entre los integrantes del Comité de Participación Ciudadana para el año 2024, quedando de la siguiente forma. (ANEXO ÚNICO)
Grupo | Distrito Judicial |
Presidencia
(María Guadalupe Olivo Torres) |
XVI, VII |
Integrante 1
(Claudia Margarita Hernández Flores) |
X, XI, XII, XIII |
Integrante 2
(Zulema Martínez Sánchez) |
IV, V, VIII, XV |
Integrante 3
(Oscar Bazán Alatorre) |
II, III, VI, XVII |
Integrante 4
(Karla Isabel Colín Maya) |
I, IX, XIV, XVIII |
ACUERDO NÚMERO 03/2024
Único. Se autoriza la división de los Municipios del Estado de México, entre los integrantes del Comité de Participación Ciudadana para el año 2024.
TRANSITORIOS
Primero. Publíquese el presente Acuerdo en el sitio electrónico oficial del Comité de Participación Ciudadana.
Segundo. El presente acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación
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