Acuerdo 44/2023

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Acuerdo 44/2023

mediante el cual se aprueba la renovación de la firma del Acuerdo de Colaboración que celebran el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y el Colegio Mexiquense A.C.

El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, en su Vigésima Primera Sesión Ordinaria del día 20 de junio de 2023, ha tenido a bien emitir el presente acuerdo mediante el cual se aprueba la renovación de la firma del Acuerdo de Colaboración que celebran el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y el Colegio Mexiquense A.C., al tenor de las siguientes:   

CONSIDERACIONES

Primera. El Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios se integra por diferentes instancias entre las cuales se encuentra el Comité de Participación Ciudadana que, además de coadyuvar al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador, es la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del propio sistema. Forman parte del Comité de Participación Ciudadana cinco ciudadanos de probidad y prestigio destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción, de entre los cuales uno de ellos lo preside por un año según sus periodos de antigüedad.

Segunda. De conformidad con lo que dispone el artículo 15 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, se determina que el Comité de Participación Ciudadana tiene como objetivo coadyuvar, en términos de la presente Ley al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador, así como ser la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del Sistema Estatal Anticorrupción.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, fracción XI de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, propone la articulación entre organizaciones de la sociedad civil, la academia y grupos ciudadanos.

Cuarto. En tales circunstancias, en fecha veintidós de noviembre de dos mil veintiuno, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios firmó un Acuerdo de colaboración con el Colegio de Contadores del Valle de Toluca A.C.; cuyo objeto era establecer las bases de colaboración entre ambos colegiados para la realización de actividades conjuntas encaminadas a dar cumplimiento a las fracciones VI, IX, XI y XVI del artículo 21 de la Ley del Sistema Anticorrupción del estado de México y Municipios; por lo que entre otras actividades específicas se acordó por parte del Colegio brindar de ser posible Asesoría técnica en programación, presupuestación y contabilidad gubernamental técnica entre otros temas de interés; brindara asesoría técnica en Materia de fiscalización y control, dispuestos para tal fin.

Mientras que el Comité de Participación Ciudadana se comprometió  a ser el vehículo para hacer llegar a las instancias correspondientes las observaciones de políticas públicas considere pertinentes de la administración pública estatal;  darle seguimiento a las quejas y denuncias que hayan interpuesto en los medios para este fin así como a trabajar de manera conjunta en propuestas de mejora.

Sin embargo, dicho documento concluyó su vigencia en el veintidós de septiembre de dos mil veintitrés, por lo que con la intención de seguir trabajando de manera conjunta y coordinada se propone la renovación del Acuerdo de colaboración entre ambos colegiados, con el objetivo de actualizar las actividades y refrendar los compromisos asumidos por ambos en materia anticorrupción.

ACUERDO NÚMERO 44/2023

Único. Se aprueba la renovación de la firma del Acuerdo de Colaboración que celebran el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y el Colegio Mexiquense A.C., en los términos mencionados en el mismo.

TRANSITORIOS

Primero. Publíquese el presente Acuerdo en el sitio electrónico oficial del Comité de Participación Ciudadana.

Segundo. El presente acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación.

Acordado el presente el día siete del mes de noviembre de dos mil veintitrés, en la ciudad de Toluca de Lerdo, México.

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