El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, en su Décima Cuarta Sesión Ordinaria del día 11 de julio de 2023, ha tenido a bien emitir el presente acuerdo mediante el cual se aprueba el “Manual de procedimientos para la atención de sugerencias y opiniones que se reciban en el buzón digital del Comité de Participación Ciudadana, al tenor de las siguientes:
CONSIDERACIONES
Primera. El Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios se integra por diferentes instancias entre las cuales se encuentra el Comité de Participación Ciudadana que, además de coadyuvar al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador, es la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del propio sistema. Forman parte del CPC cinco ciudadanos de probidad y prestigio destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción, de entre los cuales uno de ellos lo preside por un año según sus periodos de antigüedad.
Segunda. De conformidad con la Ley del Sistema Anticorrupción, los integrantes del Comité de Participación Ciudadana participaron a través de la Comisión Ejecutiva en la elaboración de la Política Estatal Anticorrupción, por lo que la máxima autoridad el Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios ha tenido a bien aprobar la Política Estatal Anticorrupción(PEA), publicada el Periódico Oficial “Gaeta del Gobierno” el 20 de julio de 2020, la cual se constituye como un instrumento que define la intervención de los órganos del Estado mediante acciones concretas para atender las causas que originan el problema público de la corrupción; por lo que para ponerla en marcha el pasado octubre de 2022 se aprobó y publicó el insumo esencial para la aplicación de la política mencionada, siendo el Programa de Implementación de la Política Estatal Anticorrupción (PI-PEA), en el cual se establecen las acciones concretas y los responsables de su implementación, entre los que se encuentra el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios.
Tercera. De conformidad con el Programa de Implementación de la Política estatal Anticorrupción, el Comité de Participación Ciudadana tiene la responsabilidad de implementar 158 acciones ya sea como líder de implementación, de manera conjunta o transversal, con los demás entes que conforman al Sistema Estatal Anticorrupción.
Cuarta. En virtud de lo anterior y para dar cumplimiento al eje 4, subprograma de involucramiento de la sociedad, Acción concreta 7, componente 9, acción 7 titulado “Proponer que todos los entes públicos cuenten con un sistema accesible a la ciudadanía, en el cual se reciban opiniones y sugerencias, para una mejor prestación de servicios”, éste colegiado propone la incorporación de un buzón digital dentro de la página oficial del Comité de Participación Ciudadana, para que los ciudadanos puedan emitir sus opiniones y sugerencias respecto de las acciones que implementa el Comité.
Quinta. Que el pasado 05 de julio de 2023, en la Décima Tercera Sesión Ordinaria se tuvo a bien aprobar la habilitación del buzón electrónico para recibir sugerencias y opiniones por medio del Acuerdo 21/2023, con el objetivo de crear un espacio en el que ellos ciudadanos puedan estar en constante comunicación de propuestas con el Comité que los representa en el Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios.
Sexta. Debido a lo anterior, el Comité de Participación Ciudadana atenderá las sugerencias y opiniones conforme al manual de procedimientos para la atención de sugerencias y opiniones que se reciban en el buzón digital del CPC, con ello poder realizar acciones para atender aquellas que sean viables conforme a las atribuciones establecidas en la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, los Lineamientos de funcionamiento del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y demás normatividad aplicable.
En razón de todo lo anterior y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2 fracción XII, artículo 21 fracción XII de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y demás normatividad aplicable, se ha tenido a bien emitir el presente Acuerdo, mediante el cual se aprueba el “Manual de procedimientos para la atención de sugerencias y opiniones que se reciban en el buzón digital del Comité de Participación Ciudadana, en los términos siguientes:
Acuerdo Número 27/2023
Único. Se aprueba el “Manual de procedimientos para la atención de sugerencias y opiniones que se reciban en el buzón digital del Comité de Participación Ciudadana”. (Anexo)
TRANSITORIOS
Primero. El presente acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su aprobación.
Segundo. Lo no previsto en el presente acuerdo será resuelto por Comité de Participación Ciudadano en el ámbito de sus competencias.
Tercero. Publíquese dentro de la página oficial del Comité de Participación Ciudadana.
Acordado el presente once del julio de dos mil veintitrés, en el Municipio de Toluca, México.
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