Acuerdo Número 27/2022

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Acuerdo Número 27/2022

Aprueba el envío de diversas  comunicaciones tanto a los Presidentes Municipales del Estado de México  como a los Comités de Participación Ciudadana de los Sistemas Municipales  Anticorrupción del Estado de México para brindar atención a la presentación de  los informes de “100 días de Gobierno” realizados por las administraciones  municipales.

El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de  México, en su Novena Sesión Ordinaria del día 04 de mayo de 2022, ha tenido a  bien emitir el presente acuerdo mediante el cual se aprueba el envío de diversas  comunicaciones tanto a los Presidentes Municipales del Estado de México  como a los Comités de Participación Ciudadana de los Sistemas Municipales  Anticorrupción del Estado de México para brindar atención a la presentación de  los informes de “100 días de Gobierno” realizados por las administraciones  municipales, al tenor de las siguientes:  

CONSIDERACIONES 

Primera. La Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios  establece en su artículo 15 que el Comité de Participación Ciudadana es la instancia  de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las  materias del Sistema Estatal Anticorrupción, asimismo, de acuerdo con la fracción IX  del artículo 21 de la Ley referida, este Órgano Colegiado tiene como atribución llevar  un registro voluntario de las Organizaciones de la Sociedad Civil que deseen  colaborar de manera coordinada con el comité estatal para establecer una Red de  Participación Ciudadana, conforme a sus normas de carácter interno.  

 Segunda. El Comité de Participación Ciudadana en su Centésima Septuagésima  Séptima Sesión Ordinaria de fecha 29 de septiembre de 2021, emitió el acuerdo  mediante el cual aprobó iniciar los trabajos para la conformación de la Red Ciudadana  Anticorrupción del Estado de México, siendo que el 27 de octubre de 2021 dio aviso  de la apertura de la convocatoria para la consolidación de la Red Ciudadana  Anticorrupción del Estado de México y publicándose en la página oficial de este  Órgano Colegiado en fecha en fecha 04 de noviembre de 2021. 

Tercera. El pasado 31 de enero de 2022, se llevó a cabo de manera virtual la  instalación de la Red Ciudadana Anticorrupción del Estado de México, con la  integración de las 15 personas registradas a la misma, a las que el Pleno del Comité  de Participación Ciudadana presentó una propuesta de distribución en las diversas  Subredes en atención a su naturaleza y vocación, misma que fue aceptada de  manera unánime por las personas asistentes. 

Cuarta. Así, el pasado 24 de febrero de 2022, se llevó a cabo la Sesión de Instalación  de la Sub Red de Sociedad Civil Organizada, en donde se acordó la realización de  diversos proyectos de investigación y la presentación de aquellos que cada  organización lleva a cabo en el marco del combate a la corrupción. 

Quinta. Que el pasado 28 de abril de 2022, se llevó a cabo la Sesión Ordinaria de la  Sub Red de Sociedad Civil Organizada, en la cual ControlaTuGobierno, A.C. presentó  los resultados de un ejerccio de auditoría ciudadana realizado por un grupo de  personas en el ejercicio del derecho de acceso a la información, tomando como  objeto de estudio los resultados presentados por anteriores administraciones, al  presentar el informe de los “100 días de Gobierno”. 

Sexta. Desde el punto de vista del Comité de Participación Ciudadana del Sistema  Anticorrupción del Estado de México y Municipios, el informe de los “100 días de  Gobierno” tiene que ser muestra del compromiso real del actuar, no solamente de la  publicidad sino para demostrar que existe un verdadero compromiso con la  transparencia y la rendición de cuentas, por lo que desde el punto de vista de los  integrantes de este Colegiado, no solamente se deben dar a conocer las acciones,  sino que la ciudadanía debe de conocer los criterios por los cuales se realizaron,  conocer cuáles son prioritarios, cómo se financiaron, el proceso de adjudicación, los  montos y sobre todo conocer cuáles de las obras enlistadas se encuentran concluidas  o señalar la etapa en la que se encuentran.

Para contribuir en el ejercicio de rendición de cuentas, el Comité de Participación  Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, propone  que los Comités de Participación Ciudadana de los Sistemas Municipales  Anticorrupción del Estado de México se involucren dando seguimiento a la  presentación de los informes y que la mismo tiempo recomienden a las autoridades  municipales realizar este ejercicio como una buena práctica.  

Una vez referido lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 21  fracción IX de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios se  tiene a bien emitir el presente acuerdo mediante el cual se aprueba el envío de  diversas comunicaciones tanto a los Presidentes Municipales del Estado de  México como a los Comités de Participación Ciudadana de los Sistemas  Municipales Anticorrupción del Estado de México para brindar atención a la  presentación de los informes de “100 días de Gobierno” realizados por las  administraciones municipales, en los términos siguientes:  

Acuerdo Número 27/2022 

Primero. Se aprueba enviar una comunicación a los Presidentes Municipales del  Estado de México, con la finalidad de exhortarlos a que el informe de los “100 días de  gobierno” se constituya como un ejercicio de rendición de cuentas basado en los  criterios de designación de acciones prioritarias, financiamiento, proceso de  adjudicación, montos erogados y cuáles de las obras enlistadas se encuentran  concluidas o señalar la etapa en la que se encuentran.  

Segundo. Se aprueba, enviar un comunicado a los Comités de Participación  Ciudadana de los Sistemas Municipales Anticorrupción del Estado de México, para  que den seguimiento a la presentación de los informes de los “100 días de gobierno”,

con la inclusión de los criterios de designación de acciones prioritarias,  financiamiento, proceso de adjudicación, montos erogados y cuáles de las obras  enlistadas se encuentran concluidas o señalar la etapa en la que se encuentran, los  cuales permitirán verificar los resultados. 

Tercero. Se instruye al presidente para notificar mediante correo electrónico las  comunicaciones a las que se refiere el presente acuerdo. 

TRANSITORIOS 

Primero. Publíquese el presente acuerdo en el sitio electrónico oficial del Comité de  Participación Ciudadana.  

Segundo. El presente acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación. 

Acordado el presente el día cuatro del mes de mayo de dos mil veintidós, en la ciudad  de Toluca de Lerdo, México.  

José Guadalupe Luna Hernández Presidente
(Rúbrica)

Luis Manuel de la Mora Ramírez Integrante
(Rúbrica)

Claudia Margarita Hernández Flores Integrante
(Rúbrica)

María Guadalupe Olivo Torres Integrante
(Rúbrica)

Zulema Martínez Sánchez Integrante
(Rúbrica)

La presente hoja corresponde al Acuerdo Número 027/2022 del día cuatro de mayo de dos  mil veintidós, mediante el cual se aprueba el envío de diversas comunicaciones tanto a  los Presidentes Municipales del Estado de México como a los Comités de Participación  Ciudadana de los Sistemas Municipales Anticorrupción del Estado de México para  brindar atención a la presentación de los informes de “100 días de Gobierno”  realizados por las administraciones municipales.

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Con fundamento en los artículos 35, 36 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 15 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, en relación con los principios contenidos en el Código de Ética de este Órgano colegiado, desde el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, hacemos un atento y respetuoso llamado a la ciudadanía mexiquense a participar en la jornada electoral que se llevará a cabo el próximo 4 de junio; así como,  en estricto respeto a lo establecido por las disposiciones legales con motivo de las campañas electorales (del 3 de abril al 4 de junio de 2023).

Ello, en el entendido de que, al interior de las oficinas, edificios y locales ocupados por los poderes públicos o los edificios escolares, no podrá fijarse ni distribuirse propaganda electoral de ningún tipo, utilizar recursos administrativos, humanos o materiales con fines diferentes a los que están destinados legalmente.

Desde el inicio de las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales, así como los legisladores locales, deberán suspender la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

Adicionalmente, durante los treinta y ocho días anteriores al de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales así como los legisladores locales se abstendrán de establecer y operar programas de apoyo social o comunitario que impliquen la entrega a la población de materiales, alimentos o cualquier elemento que forme parte de sus programas asistenciales o de promoción y desarrollo social, salvo en los casos de extrema urgencia debido a enfermedades, desastres naturales, siniestros u otros eventos de igual naturaleza. La Legislatura determinará los programas sociales que por su naturaleza, objeto o fin por ningún motivo deberán suspenderse durante el periodo que señala el párrafo anterior y promoverá las medidas necesarias para su cumplimiento en los tres ámbitos de gobierno que generen condiciones de equidad en el proceso electoral.

Asimismo, es de resaltar que el Órgano Superior de Fiscalización, la Secretaría de la Contraloría, las Contralorías de los Poderes Legislativo y Judicial, las de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y las de los Ayuntamientos, sancionarán el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 261 del Código Electoral del Estado de México, conforme a sus respectivas competencias . Asimismo, los hechos de corrupción y delitos electorales, serán investigados por las Fiscalías Especializadas en Combate a la Corrupción y en Delitos Electorales, respectivamente.

La infracción a las disposiciones previstas en el artículo referido en el párrafo inmediato anterior, será sancionada conforme a la normatividad aplicable, con la obligación de todo aquel que conozca de ilícitos, de denunciar los delitos que se cometan en materia electoral.