Acuerdo Número 07/2023

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Acuerdo Número 07/2023

Mediante el cual se aprueba la aprueba la modificación al Calendario Oficial de Sesiones Ordinarias del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México correspondiente al año 2023, aprobado a través del Acuerdo 57/2022.

El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México, en su Séptima Sesión ordinaria del día 12 de abril de 2023, ha tenido a bien emitir el presente acuerdo mediante el cual se aprueba la modificación al Calendario Oficial de Sesiones Ordinarias del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México correspondiente al año 2023, aprobado a través del Acuerdo 57/2023, al tenor de las siguientes:

 

C O N S I D E R A C I O N E S

 

Primera. De conformidad con lo que dispone el artículo 21 fracción II de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios,  las  y los integrantes del Comité de Participación Ciudadana aprobaron el treinta de noviembre de dos mil veintidós su Programa Anual de Trabajo, que adquiere la condición de un instrumento de planificación y gestión que permite llevar a cabo las acciones y estrategias necesarias que permitirían mitigar el problema de corrupción en el Estado de México y sus municipios.

 

Segunda. Para el periodo 2022-2023, se planteó desarrollar diversas actividades agrupadas en el Programa Anual de Trabajo para el año 2023. Em dicho programa  que se establece entre sus procesos el de llevar a cabo sesiones del Comité de Participación Ciudadana, ello de conformidad con los artículos 20 y 22 fracciones I y III de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, así como los artículos 11 fracción III, 12 fracción I y III y; 17 de los Lineamientos de Funcionamiento del Comité de Participación Ciudadana.

 

Tercera. Es por lo que, con la finalidad de programar las líneas generales de actuación de este Órgano Colegiado, resultó necesario fijar un calendario de sesiones que proporcione la previsión oportuna para la celebración de estas, el seguimiento de los temas tratados previamente, y se pueda determinar oportunamente el contenido de las sesiones en atención al plan de actividades estipulado por el Comité de Participación Ciudadana, para dar cumplimiento a las disposiciones normativas y reglamentarias.

 

Cuarta.  Siendo que el 01 de diciembre de 2022, en la Vigésima Tercera Sesión Ordinaria Sesión Ordinaria del Comité de Participación Ciudadana las personas integrantes aprobaron el Calendario Oficial de Sesiones Ordinarias, que conforme al Plan Anual de Trabajo se estableció como meta realizar 24 sesiones en el año 2023.

 

Quinta. Que conforme a las diversas atribuciones y funciones realizadas por las y los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, se tiene la necesidad de modificar la fecha establecidas para la Novena Sesión Ordinaria originalmente establecida el día 03 de mayo 2023, dado la celebración del Segundo Encuentro del Comité de Participación Ciudadana con el Comité de  Participación Social del Estado de Jalisco, que tendrá verificativo el 08 de mayo de 2023, en la ciudad de Guadalajara.

 

Una vez referido lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y 22 fracciones I y III de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios se tiene a bien emitir el presente acuerdo mediante el cual aprueba la modificación al Calendario Oficial de Sesiones Ordinarias del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México correspondiente al año 2023, aprobado a través del Acuerdo 57/2023, en los términos siguientes:

 

Acuerdo Número 07/2023

 

Primero. Se aprueba la modificación del Acuerdo 57/2022 mediante el cual se aprobó el Calendario Oficial de Sesiones Ordinarias del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México correspondiente al año 2023, por lo que se modifican la fechas para la celebración de la Novena Sesión Ordinaria, para quedar como sigue:

 

Sesiones con modificación de fecha de celebración
Mes Sesión Fecha
 

MAYO

 

Novena Sesión Ordinaria

 

09 de mayo de 2023

 

TRANSITORIOS

Primero. Publíquese el presente acuerdo en el sitio electrónico oficial del Comité de Participación Ciudadana.

Acordado el presente el día doce de abril del año dos mil veintitrés, en la ciudad de Toluca de Lerdo, México.

Luis Manuel de la Mora Ramírez, Presidente
(Rúbrica)

Claudia Margarita Hernández Flores, Integrante
(Rúbrica)

María Guadalupe Olivo Torres, Integrante
(Rúbrica)

Zulema Martínez Sánchez, Integrante
(Rúbrica)

Oscar Bazán Alatorre, Integrante
(Rúbrica)

La presente hoja corresponde al Acuerdo Número 07 de 2023 del día doce de abril de dos mil veintitrés, mediante el cual se aprueba la aprueba la modificación al Calendario Oficial de Sesiones Ordinarias del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México correspondiente al año 2023, aprobado a través del Acuerdo 57/2022.

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Con fundamento en los artículos 35, 36 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 15 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, en relación con los principios contenidos en el Código de Ética de este Órgano colegiado, desde el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, hacemos un atento y respetuoso llamado a la ciudadanía mexiquense a participar en la jornada electoral que se llevará a cabo el próximo 4 de junio; así como,  en estricto respeto a lo establecido por las disposiciones legales con motivo de las campañas electorales (del 3 de abril al 4 de junio de 2023).

Ello, en el entendido de que, al interior de las oficinas, edificios y locales ocupados por los poderes públicos o los edificios escolares, no podrá fijarse ni distribuirse propaganda electoral de ningún tipo, utilizar recursos administrativos, humanos o materiales con fines diferentes a los que están destinados legalmente.

Desde el inicio de las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales, así como los legisladores locales, deberán suspender la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

Adicionalmente, durante los treinta y ocho días anteriores al de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales así como los legisladores locales se abstendrán de establecer y operar programas de apoyo social o comunitario que impliquen la entrega a la población de materiales, alimentos o cualquier elemento que forme parte de sus programas asistenciales o de promoción y desarrollo social, salvo en los casos de extrema urgencia debido a enfermedades, desastres naturales, siniestros u otros eventos de igual naturaleza. La Legislatura determinará los programas sociales que por su naturaleza, objeto o fin por ningún motivo deberán suspenderse durante el periodo que señala el párrafo anterior y promoverá las medidas necesarias para su cumplimiento en los tres ámbitos de gobierno que generen condiciones de equidad en el proceso electoral.

Asimismo, es de resaltar que el Órgano Superior de Fiscalización, la Secretaría de la Contraloría, las Contralorías de los Poderes Legislativo y Judicial, las de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y las de los Ayuntamientos, sancionarán el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 261 del Código Electoral del Estado de México, conforme a sus respectivas competencias . Asimismo, los hechos de corrupción y delitos electorales, serán investigados por las Fiscalías Especializadas en Combate a la Corrupción y en Delitos Electorales, respectivamente.

La infracción a las disposiciones previstas en el artículo referido en el párrafo inmediato anterior, será sancionada conforme a la normatividad aplicable, con la obligación de todo aquel que conozca de ilícitos, de denunciar los delitos que se cometan en materia electoral.