
El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México, en su Tercera Sesión Ordinaria del día 02 de febrero de 2022 ha tenido a bien emitir el acuerdo mediante el cual se aprueba presentar una propuesta al Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, al tenor de las siguientes:
C O N S I D E R A C I O N E S
Primera. En nuestro país, el diseño del ejercicio de los recursos públicos debe regirse por tres principios esenciales: máxima publicidad, austeridad y rendición de cuentas. Bajo dichos principios, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México desea expresar su mayor interés para que el ejercicio de sus responsabilidades sea compatible con las condiciones existentes y los retos que enfrenta nuestro estado.
Segunda. La Legislatura del Estado Libre y Soberano de México, en ejercicio de sus atribuciones, es la autoridad encargada de determinar los ingresos y el presupuesto del Gobierno del Estado, organismos constitucionalmente autónomos y órganos auxiliares, descentralizados y desconcentrados, entre los cuales se encuentra la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, dependencia a la que le fueron aprobados los siguientes montos presupuestales:
Ejercicio fiscal | Monto aprobado
(miles de pesos) |
2018 | 61,076.00 |
2019 | 93,565.92 |
2020 | 93,605.62 |
2021 | 90,019.86 |
2022 | 85,012.69 |
Lo que implica que, para el ejercicio fiscal 2022, desde la iniciativa de Presupuesto de Egresos presentada por el Titular del Ejecutivo del Estado, se contempló una disminución de 5 millones, 007 mil pesos, que representan el 5.5% de los recursos aprobados para 2021.
Tercera. De conformidad con lo que dispone el artículo 17 de la Ley del Sistema Anticorrupción del estado de México y Municipios, los integrantes del Comité de Participación Ciudadana sostenemos un vínculo legal con la Secretaría Ejecutiva a través de Contratación de Prestación de Servicios por Honorarios que contendrán eo monto de la contraprestación por nuestros servicios, en los términos que determine el órgano de gobierno. De tal forma que, los recursos para el pago de la contraprestación por nuestros servicios se encuentran contemplados en el presupuesto total de la Secretaría.
Cuarta. El Presidente del Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Abticorrupción del Estado de México convocó a la primera sesión ordinaria del año a verificarse el próximo 03 de febrero que, entre sus puntos de agenda incluye la aprobación de los términos de los contratos de prestación de servicios por honorarios de los integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Estado de México para el ejercicio 2022, con el mismo monto de la contraprestación autorizada para 2021.
Quinta. En virtud de la disminución de recursos que experimentó la Secretaría Ejecutiva para 2022, en comparación con el presupuesto anterior, este Comité de Participación Ciudadana desea manifestar una postura de corresponsabilidad y solidaridad que responda a la determinación tanto del Titular del Ejecutivo del
Estado como a la de la propia Legislatura Local, proponiendo al Órgano de Gobierno, la repercusión del mismo 5.5% de disminución como un ajuste en el monto de la contraprestación que se establezca en el contrato. Lo anterior pretende constituirse como un mensaje de responsabilidad que proponemos sin disminuir la calidad y cantidad de nuestro trabajo, el cumplimiento de las metas y acciones contempladas en el Programa de Trabajo Anual y el compromiso que tenemos con la alta responsabilidad que nos fue conferida, esperando que con esta propuesta contribuyamos a consolidar la adecuada relación que debe existir entre las instancias del sistema estatal despejando cualquier duda al respecto.
Así, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 21 fracción I y 28 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios (LSAEEyM), este Comité tiene a bien emitir el presente acuerdo, de conformidad con lo siguiente:
ÚNICO. Se aprueba que el Presidente del Comité de Participación Ciudadana, en su condición de Presidente del Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, en nombre y representación de este CPC, presente nuestra propuesta para disminuir el monto de la contraprestación para 2022 en un 5.5%.
TRANSITORIOS
Primero. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.
Acordado que fue el presente el dos de febrero de dos mil veintidós, en Toluca, Estado de México.
Mtro. José Guadalupe Luna Hernández
Presidente (Rúbrica)
C.P.C. Luis Manuel de la Mora Ramírez
Integrante (Rúbrica)
Mtra. María Guadalupe Olivo Torres
Integrante (Rúbrica)
Claudia Margarita Hernández Flores
Integrante (Rúbrica)
Dra. Zulema Martínez Sánchez
Integrante (Rúbrica)
Con fundamento en los artículos 35, 36 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 15 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, en relación con los principios contenidos en el Código de Ética de este Órgano colegiado, desde el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, hacemos un atento y respetuoso llamado a la ciudadanía mexiquense a participar en la jornada electoral que se llevará a cabo el próximo 4 de junio; así como, en estricto respeto a lo establecido por las disposiciones legales con motivo de las campañas electorales (del 3 de abril al 4 de junio de 2023).
Ello, en el entendido de que, al interior de las oficinas, edificios y locales ocupados por los poderes públicos o los edificios escolares, no podrá fijarse ni distribuirse propaganda electoral de ningún tipo, utilizar recursos administrativos, humanos o materiales con fines diferentes a los que están destinados legalmente.
Desde el inicio de las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales, así como los legisladores locales, deberán suspender la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.
Adicionalmente, durante los treinta y ocho días anteriores al de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales así como los legisladores locales se abstendrán de establecer y operar programas de apoyo social o comunitario que impliquen la entrega a la población de materiales, alimentos o cualquier elemento que forme parte de sus programas asistenciales o de promoción y desarrollo social, salvo en los casos de extrema urgencia debido a enfermedades, desastres naturales, siniestros u otros eventos de igual naturaleza. La Legislatura determinará los programas sociales que por su naturaleza, objeto o fin por ningún motivo deberán suspenderse durante el periodo que señala el párrafo anterior y promoverá las medidas necesarias para su cumplimiento en los tres ámbitos de gobierno que generen condiciones de equidad en el proceso electoral.
Asimismo, es de resaltar que el Órgano Superior de Fiscalización, la Secretaría de la Contraloría, las Contralorías de los Poderes Legislativo y Judicial, las de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y las de los Ayuntamientos, sancionarán el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 261 del Código Electoral del Estado de México, conforme a sus respectivas competencias . Asimismo, los hechos de corrupción y delitos electorales, serán investigados por las Fiscalías Especializadas en Combate a la Corrupción y en Delitos Electorales, respectivamente.
La infracción a las disposiciones previstas en el artículo referido en el párrafo inmediato anterior, será sancionada conforme a la normatividad aplicable, con la obligación de todo aquel que conozca de ilícitos, de denunciar los delitos que se cometan en materia electoral.