Acuerdo 39/2023

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Acuerdo 39/2023

Mediante el cual se autoriza la división de los Municipios del Estado de México, entre los integrantes del Comité de Participación Ciudadana.

El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, en su Décima Sexta Sesión Ordinaria del día 16 de agosto de 2023, ha tenido a bien emitir el presente acuerdo mediante el cual se autoriza la división de los Municipios del Estado de México, entre los Integrantes del Comité de Participación Ciudadana al tenor de las siguientes:

CONSIDERACIONES

Primera. El Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios se integra por diferentes instancias entre las cuales se encuentra el Comité de Participación Ciudadana que, además de coadyuvar al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador, es la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del propio sistema. Forman parte del Comité de Participación Ciudadana cinco ciudadanos de probidad y prestigio destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción, de entre los cuales uno de ellos lo preside por un año según sus periodos de antigüedad.

Segunda. De conformidad con lo que dispone el artículo 2, fracción II y IX de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, se determina que la presente Ley tiene como objetivo establecer las bases para la prevención de hechos de corrupción y faltas administrativas en el Estado y sus Municipios, así como establecer las acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos de la Entidad y Municipios.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, fracción VII, inciso c, de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, propone proyectos de mejora a los instrumentos, lineamientos y mecanismos para el suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que generen las autoridades estatales y municipales competentes en las materias reguladas por la presente ley.

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVII, de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, que se tiene por obligación dar seguimiento al funcionamiento del Sistema Estatal Anticorrupción.

Quinto. Que con la finalidad de eficientar los trabajos propios del Comité de Participación Ciudadana, así como para agilizar la comunicación con los Municipios del Estado de México, se propone la división de los mismos de acuerdo a los Distritos Judiciales.

Sexto. Derivado de lo anterior se propone la división de los Municipios del Estado de México, entre los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, quedando de la siguiente forma. (ANEXO ÚNICO)

 

Grupo Distrito Judicial
Presidencia XVI, VII
Integrante 1 X, XI, XII, XIII
Integrante 2 IV, V, VIII, XV
Integrante 3 II, III, VI, XVII
Integrante 4 I, IX, XIV, XVIII

 

ACUERDO NÚMERO 39/2023 

Único. Se autoriza la división de los Municipios del Estado de México, entre los integrantes del Comité de Participación Ciudadana.

TRANSITORIOS

Primero. Publíquese el presente Acuerdo en el sitio electrónico oficial del Comité de Participación Ciudadana.

Segundo. El presente acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación.

 

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