El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México, en su Décima Séptima Sesión Ordinaria del día 05 de septiembre de 2023, ha tenido a bien emitir el presente acuerdo mediante el cual se aprueba la colaboración permanente entre el Infoem y el CPC para el análisis de los resultados de las verificaciones de las obligaciones de transparencia.
CONSIDERACIONES
Primera. Que el Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, tiene como una de sus funciones promover la colaboración con instituciones en la materia, con el propósito de elaborar investigaciones sobre las políticas públicas para la prevención, detección y combate de hechos de corrupción o faltas administrativas en el Estado
Segunda. Que el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem) es el organismo encargado de garantizar el derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales en el Estado de México y sus municipios.
Tercera. Que los Sujetos Obligados del Estado de México deben cumplir con las Obligaciones de Transparencia Comunes y Específicas, establecidas en los artículos 92, y 94 al 105 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.
Cuarta. Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 107 y 108 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el Infoem realiza cada año Verificaciones Virtuales a los Portales de Información Pública de los Sujetos Obligados del Estado de México.
Quinta. Que es de vital importancia para el CPC contar con la información resultante de los procesos de Verificación Virtual Oficiosa de los Sujetos Obligados, con el fin de evaluar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, y de esta manera, contribuir al fortalecimiento de la transparencia, la rendición de cuentas y la lucha contra la corrupción en el Estado de México y sus municipios.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 21 fracción IX de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios se tiene a bien emitir el presente acuerdo mediante el cual se aprueban los puntos a integrar para la celebración del Convenio de Colaboración entre Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y el Instituto Electoral del Estado de México, en los términos siguientes:
Acuerdo Número 37/2023
Único. Se aprueba la colaboración permanente entre el Infoem y el CPC para el análisis de los resultados de las verificaciones de las obligaciones de transparencia.
TRANSITORIOS
Primero. Publíquese el presente acuerdo en el sitio electrónico oficial del Comité de Participación Ciudadana.
Segundo. El presente acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación.
Acordado el presente el día cinco del mes de septiembre de dos mil veintitrés, en la ciudad de Toluca de Lerdo, México.
Herramientas de accesibilidad