Acuerdo 23/2023

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Acuerdo 23/2023

Mediante el cual se autoriza la realización de un diagnóstico a los entes públicos con el objeto de verificar la existencia de un código de ética y de conducta vigentes

El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, en su Décima Tercera Sesión Ordinaria del día 05 de julio de 2023, ha tenido a bien emitir el presente acuerdo mediante el cual se autoriza la realización de un diagnóstico a los entes públicos con el objeto de verificar la existencia de un código de ética y de conducta vigentes; así como haber integrado su Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés o figura análoga que promuevan los principios constitucionales de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia entre los servidores públicos del Estado de México, al tenor de las siguientes:

CONSIDERACIONES

Primera. El Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios se integra por diferentes instancias entre las cuales se encuentra el Comité de Participación Ciudadana que, además de coadyuvar al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador, es la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del propio sistema. Forman parte del CPC cinco ciudadanos de probidad y prestigio destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción, de entre los cuales uno de ellos lo preside por un año según sus periodos de antigüedad.

Segunda.  De conformidad con la Ley del Sistema Anticorrupción, los integrantes del Comité de Participación Ciudadana participaron a través de la Comisión Ejecutiva coadyuvaron en la elaboración de la Política Estatal Anticorrupción, por lo que la máxima autoridad el Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios ha tenido a bien aprobar la Política Estatal Anticorrupción (PEA), publicada el Periódico Oficial “Gaeta del Gobierno” el 20 de julio de 2020, la cual se constituye como un instrumento que define la intervención de los órganos del Estado mediante acciones concretas para atender las causas que originan el problema público de la corrupción; por lo que para ponerla en marcha el pasado octubre de 2022 se aprobó y publicó el insumo esencial para la aplicación de la política mencionada, siendo el Programa de Implementación de la Política Estatal Anticorrupción (PI-PEA), en el cual se establecen las acciones concretas y los responsables de su implementación, entre los que se encuentra el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios.

 Tercera.  De conformidad con el Programa de Implementación de la Política Estatal Anticorrupción, el Comité de Participación Ciudadana tiene la responsabilidad de implementar 158 acciones ya sea como líder de implementación, de manera conjunta o transversal, con los demás entes que conforman el Sistema Estatal Anticorrupción.

Cuarta. En virtud de lo anterior y para dar cumplimiento al eje 5, subprograma de ética pública e integridad, prioridad 54, acción concreta 3 denominada  “Verificar que todos los entes públicos cuenten con códigos de ética y de conducta vigentes para promover la cultura de la legalidad” , este Comité tiene a bien realizar un diagnóstico para verificar el número de entes públicos que cuentan con códigos de ética y de conducta  vigentes que promuevan una cultura de la legalidad entre sus servidores públicos.

Quinto. El objetivo fundamental de realizar el diagnóstico es identificar aquellas instituciones que aún no cuentan con los códigos en mención para poder  incentivarlos ,y en su caso,  vincularlos con las instituciones que puedan capacitarlos en la materia, el objetivo principal es promover de forma permanente una cultura de la legalidad en el Estado de México.

En razón de todo lo anterior y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2 fracción XII, artículo 21  fracción X de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y demás normatividad aplicable, se ha tenido a bien emitir el presente acuerdo mediante el cual se autoriza la realización de un diagnóstico a los entes públicos con el objeto de verificar la existencia de un código de ética y de conducta vigentes; así como haber integrado su Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés o figura análoga que promuevan los principios constitucionales de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia entre los servidores públicos del Estado de México, en los términos siguientes:

Acuerdo Número 23/2023

Único. Se aprueba la realización de un diagnóstico a los entes públicos con el objeto de verificar la existencia de un código de ética y de conducta vigentes; así como haber integrado su Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés o figura análoga que promuevan los principios constitucionales de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia entre los servidores públicos del Estado de México.

 

TRANSITORIOS

Primero. Publíquese el presente acuerdo en el sitio electrónico oficial del Comité de Participación Ciudadana.

Segundo. El presente acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su aprobación.

Tercero. Lo no previsto en el presente acuerdo será resuelto por Comité de Participación Ciudadano en el ámbito de sus competencias.

Cuarto. Se designa como responsable pala la ejecución del presente Acuerdo al Presidente.

Acordado el presente cinco del julio de dos mil veintitrés, en el Municipio de Toluca, México.

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